Comisión Nacional de Disciplina Judicial ratifica decisión

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la terminación del proceso disciplinario adelantado contra un juez laboral del circuito, investigado por modificar la liquidación de un crédito dentro de un proceso ejecutivo laboral.

Antecedentes del caso

En febrero de 2022, el juez aprobó la liquidación de un crédito por $178.957.952.
No obstante, en agosto del mismo año, al resolver la actualización del monto, fijó el valor en $136.235.634, generando una diferencia de $42.722.318.

Razones de la reducción

El magistrado explicó que la variación obedeció a tres puntos específicos:

  1. El mandamiento de pago no incluyó intereses moratorios liquidados.
  2. Se reconoció un menor valor en las costas derivadas del proceso ordinario laboral.
  3. No se adicionaron costas del proceso ejecutivo, ya liquidadas previamente por secretaría en auto del 3 de noviembre de 2021.

Facultades del juez frente a yerros

El alto tribunal precisó que, aunque no es lo ideal que un juez modifique providencias ya adoptadas, la existencia de yerros que aparten sus decisiones del ordenamiento jurídico lo faculta para rectificar su criterio, sin que esto implique una falta disciplinaria.

En este caso, la actuación judicial se ajustó al ordenamiento jurídico, pues respetó los conceptos de condena que dieron origen al título ejecutivo.

Decisión final de la Comisión

La terminación del proceso disciplinario quedó en firme al no configurarse una conducta sancionable.
El magistrado Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo reiteró que los autos ilegales no atan al juez ni a las partes, razón por la cual la corrección realizada no generaba responsabilidad disciplinaria.