La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la terminación del proceso disciplinario adelantado contra un juez laboral del circuito, investigado por modificar la liquidación de un crédito dentro de un proceso ejecutivo laboral.

En febrero de 2022, el juez aprobó la liquidación de un crédito por $178.957.952.
No obstante, en agosto del mismo año, al resolver la actualización del monto, fijó el valor en $136.235.634, generando una diferencia de $42.722.318.
El magistrado explicó que la variación obedeció a tres puntos específicos:
El alto tribunal precisó que, aunque no es lo ideal que un juez modifique providencias ya adoptadas, la existencia de yerros que aparten sus decisiones del ordenamiento jurídico lo faculta para rectificar su criterio, sin que esto implique una falta disciplinaria.
En este caso, la actuación judicial se ajustó al ordenamiento jurídico, pues respetó los conceptos de condena que dieron origen al título ejecutivo.
La terminación del proceso disciplinario quedó en firme al no configurarse una conducta sancionable.
El magistrado Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo reiteró que los autos ilegales no atan al juez ni a las partes, razón por la cual la corrección realizada no generaba responsabilidad disciplinaria.